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lunes, 18 de octubre de 2021

¿Quién es Carmen Mola?

Carmen Mola ha sido la ganadora del Premio Planeta 2021. Este no es, sin embargo, el nombre de una escritora, sino que es un pseudónimo (https://todolosderechosreservados.blogspot.com/2018/05/designacion-del-autor-en-la-obra.html) que aglutina a los guionistas Agustín Martínez, Jorge Diaz y Antonio Mercero (que habían trabajado en series como 'La caza', 'Víctor Ros', 'Crematorio' u 'Hospital Central').

Su historia empezó en mayo de 2018 con la publicación de 'La novia gitana' que en cinco meses había vendido veinte mil ejemplares.

Después llegaron otros dos títulos: 'La red púrpura' (2019) y 'La Nena' (2020). Las ventas totales de los libros, traducidos a ocho idiomas, ascendieron a los 250.000 ejemplares.

Estas obras son un claro ejemplo de obras en colaboración tal y como establece el artículo 7 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (no confundir con las obra  colectivas a que se refiere el artículo 8 de este texto).


miércoles, 6 de octubre de 2021

Siglas

BOPI


Estas son las siglas del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial y es la vía de publicación que tiene la OEPM de los diversos trámites contemplados en la Ley 24/2015 de Patentes.

Este Boletín se divide en tres tomos: el primero de ellos hace referencia a marcas y otros signos distintivos (nombres comerciales), el segundo a las invenciones (patentes, modelos de utilidad, certificados complementarios de protección) y el tercero a los diseños industriales.

Los tres tomos hacen referencia a cada una de las modalidades según hayan seguido el procedimiento contemplado en la Ley antigua (Ley 11/1986) o en la Ley nueva (Ley 24/2015).

Por otra parte, cada uno de los tomos, para cada una de las modalidades, hace referencia a cada una de las partes del procedimiento, la solicitud, el rechazo, el requerimiento de documentación adicional y según cada modalidad de protección, aquello que sea necesario, por ejemplo, en el caso de las marcas, la prueba de uso.

Por medio de este boletín (que se puede consultar en la web de la OEPM) esta Oficina cumple lo que viene establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015

Ver: www.oepm.es


RD 55/2010


En los últimos días se ha oído hablar mucho del volcán que ha entrado en erupción en la isla de La Palma, en las Islas Canarias y, de forma inevitable, se ha oído hablar también del IGME.

Estas son las siglas del Instituto Geológico y Minero de España; tiene carácter de organismo autónomo, esstá adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación

Es también un Organismo Público de Investigación (OPI) de los mencionados en el artículo 20 de la antigua Ley de Patentes (Ley 11/1986 - artículo 21 de la vigente Ley 24/2015). Estos Organismos son, además del ya mencionado, otros como el CSIC, el CIEMAT, el INTA, el INIA, el IEO, ISCIII (Instituto de Salud Carlos III) o el IAC (Instituto de Astrofísica de Canarias) entre otros.

Ver: www.igme.es

www.ciencia.gob.es

miércoles, 29 de septiembre de 2021

En otro momento

Exposé es el nombre del capítulo número 14 de la tercera temorada de la serie Perdidos. El capítulo narra la historia de Nikki y Paulo dos supervivientes más del avión 815 de la aerolínea Oceanic en el vuelo que iba de Sydney a Los Ángeles. Por lo que se ve en el capítulo se trata de una pareja de timadores que acaban desconfiando el uno del otro y tienen un final trágico que es mejor que se vea y no que se lea (y que personalmente me parece genial).


Lo curioso de este episodio es, y por eso fue tan criticado (ver el artículo que se vincula abajo), que este capítulo cuenta de principio a fin una historia aparte dentro de una historia mucho más grande e importante, presentando a los personajes, haciendo que éstos adquieran importancia para el espectador y despidiéndoles al acabar.

Lo que se comenta en el artículo a que se hace referencia es que si se emitiera a día de hoy, este capítulo sería un éxito.


El final en Los Simpsons


Ya se ha comentado que la pareja protagonista de este episodio tiene un final trágico...realmente es algo muy poco importante bastante mal entendido por los demás pasajeros del avión. Lo que les ocurre se trata, en clave de humor, en Los Simpsons, capítulo tres de la temporada 23, La Casa Árbol del Terror XXII.


Leer: www.lavanguardia.com//series/20210609/7515102/perdidos-mythic-quest-episodios-desconectados.html

lunes, 20 de septiembre de 2021

Bandersnatch

Bandersnatch

Este es el título de la película que se hizo de la serie “Black Mirror”. Bandersnatch es el nombre que el protagonista quiere dar a un videojuego basado en una novela de ese mismo nombre.

El caso es que el juego permitiría elegir entre dos opciones a lo largo de su desarrollo...¿Os suena este planteamiento? Si la respuesta es: sí, como en los libros de “elige tu propia aventura”, estáis en lo cierto, de hecho esta película tuvo numerosos problemas legales por ello. A lo largo de la película el espectador puede elegir varias veces entre dos acciones que puede llevar a cabo el protagonista y que van a afectar a cómo se desarrolla la película (tomar o no pastillas, matar a su propio padre o no, enterrarlo o no, etc.).

Son estos ejemplos de elección los que han hecho considerar a los propietarios de la editorial responsable de los libros ya mencionados (editorial Chooseco) a demandar a Netflix, una vez que ésta se hiciera con los derechos de la serie, originalmente, emitida por la cadena inglesa Channel 4. El motivo de la demanda es el perjuicio que se causaba en la serie de libros que se destina a un público juvenil, mientras que la serie tiene un público objetivo algo más adulto lo que daría lugar a que la trama del capítulo sea muy diferente.

Misión Safari

Netflix pareció cogerle el gusto a esto de las historias interactivas...

En la película con este título el espectador debe dirigir al aventurero Bear Grylls mientras realiza algunas misiones en África que debe resolver a petición de un refugio de animales. Las decisiones que debe tomar el espectador no van a afectar al resto de la película, a diferencia de lo que ocurría en el caso anterior, sino al momento concreto en que está la película.


Reseña: https://vandal.elespanol/noticia/r2779/elige-tu-propia-aventura-demanda-a-netflix-por-bandersnatch

lunes, 13 de septiembre de 2021

Una habitación propia

Este es el título del libro de Virginia Woolf en el que, a modo de ensayo, se recogen una serie de conferencias de principios del siglo pasado en el que se trata de explicar la figura femenina dentro de un mundo tradicionalmente dominado por hombres.

El título se refiere a que todo escritor necesita de su propio lugar para desarrollar su obra. Las mujeres, por lo general ligadas a llevar a cabo las tareas del hogar no disponían de ese espacio, de ahí que el número de escritoras sea muy reducido respecto al de escritores; por otra parte, las obras escritas por mujeres no solían ser atractivas para el público puesto que reflejaban en ellas la ira y frustración de su autora.

Esta obra sirve de explicación a por qué hay más hombres que mujeres en el ámbito artístico y, siendo realistas, en todos los ámbitos.

En la literatura (quizá el campo más claro y más destacado, que no el único) existen infinidad de ejemplos de escritoras que debían dejar que fuera un hombre el que firmara sus obras puesto que esa era la única forma de que ésta llegara a ser publicada: Emily Brontë firmaba sus obras bajo el seudónimo masculino Ellis Bell y Cecilia Bohl de Faber lo hacía como Fernán Caballero, entre otras muchas.

Ver: www.planetadelibros.com/blog/actualidad/15/dias-internacionales/13/articulo/10-escritoras-que-firmaron-sus-libros-con-seudonimos-masculinos/80

En este blog: http://todolosderechosreservados.blogspot.com/2015/10/el-dia-de-ada-lovelace.html


lunes, 30 de agosto de 2021

Outsourcing

Durante las últimas semanas hemos visto en numerosas ocasiones casos en los que la producción de algún productos ha visto afectada. Uno de los sectores básicos en la productividad de la ciudad de Vigo es el sector del automóvil, siendo la fábrica de Citroen, ahora denominada Stellantis, la principal vía de dar trabajo en la ciudad.


La fábrica, ha visto recortada la producción debido al outsourcing. ¿Cómo?

Esta técnica consiste en deslocalizar la fabricación de determinadas piezas a terceros países en los cuales esa fabricación resulta más barata. Esto se está haciendo con los microchips, pieza fundamental de los coches de hoy en día. A causa de la pandemia que estamos viviendo no se han podido recibir estos microchipa lo que ha hacho que no se haya podido terminar la fabricación ni entregar los coches.


Nos encontramos ante una clara disyuntiva ¿se trata de un avance si realmente no se puede sacar provecho de él?



Que se trata de un avance (facilitado por la globalización) es evidente, el problema ha sido, quizás “poner todos los huevos en la misma cesta”, es decir, nadie podrñia haber previsto lo que se nos venía encima, pero deslocalizar toda la producción a un país extranjero ha sido, quizás, una decisión demasiado ambiciosa.

lunes, 23 de agosto de 2021

Error de concepto

A principios de julio el periódico ”La Voz de Galicia” se hacía eco del nuevo producto de la empresa gallega Ruavieja. En la reseña se hace referencia a que la empresa se ha venido dedicando, en los últimos años, a la elaboración de licores típicos de la tierra, y que ha elaborado ahora un nuevo tipo de licor: derivado del arroz con leche al que se la llama vegano.

En la noticia se habla de un producto con “un sabor inspirado en el postre de arroz con leche (…)”.

Leyendo esta noticia es inevitable pensar en las infusiones “veggie”' que una conocida marca sacó hace relativamente pocotiempo.

Resulta evidente que aquí (en ambos casos) se confunden dos cosas: el sabor y la comida en sí...

Lo que una persona vegana no comería nunca sería el postre en sí porque contiene un producto de origen animal animal: la leche, para ello, esa persona va a recurrir a un arroz con leche que tenga cualquier otro origen; existen en el mercado numerosas bebidas sustitutivas que cumplirían esa misma función: bebida de arroz, de soja o de almendra.

Pero si hablamos de una bebida inspirada en ese postre pero hecha con una materia que no contiene ningún tipo de componente animal (hierba en el caso de las infusiones que se disuelven en agua; en el caso del licor no sé qué sería) no sería necesario indicar que tal bebida es vegana, ya que sería reiterar algo que es evidente para el consumidor.

Indicándolo resulta claro que lo único que se busca es aumentar las ventas del producto.

¿Es entonces otra marca más?

¿O una especie de sello de garantía?



lunes, 16 de agosto de 2021

Inventos simultáneos

Como se comentaba en una entrada anterior en este mismo blog una patente reconoce 20 años de explotación del invento de forma exclusiva, 10 si lo que se concede es un modelo de utilidad.

La explotación comercial del invento va aparte...dependerá de la fama que tenga el invento en base al beneficio que suponga. Y otra cosa es la fama que alcanza dicho invento a nivel histórico.


Cuando hablamos de un invento tan importante a nivel histórico como ha sido la pólvora (importante, que no beneficioso) su trazabilidad es prácticamente imposible, es por ello que su creación ha sido reclamada por diversas naciones: China, Italia, Francia...pudiendo hablarse incluso de que todos ellos tengan razón a la vez, lo que hace su trazabilidad, si cabe, aún más difícil.


¿Es realmente relevante quien o dónde se desarrollara este invento?

No lo creo.

No cambiaría nada y a día de hoy no hay nada que se pudiera hacer al menos nada que fuera importante.


Ver: Libro “Historia de España para escépticos” de Juan Eslava Galán, capítulo 38.

lunes, 9 de agosto de 2021

La innovación en Galicia

El pasado 21 de julio el periódico Faro de Vigo publicaba un artículo en el que se hablaba de este tema con motivo de la publicación del informe sobre la innovación en España de la fundación COTEC.

El artículo resalta que la I+D en Galicia se lleva a cabo en una mayor proporción por parte de las entidades públicas que por las empresas y que, aunque esa inversión no es gran cosa (en un ránking por Comunidades Autónomas, Galicia es la sexta...por el final), aquello en lo que se invierte, se explota durante un largo período de tiempo.

Echándole un ojo cabe destacar que, a lo largo de todo el artículo, se habla más de gasto que de inversión en I+D, lo cual no es un enfoque, digamos correcto. La innovación empresarial debería verse como una forma de evolución del producto que se ha introducido en el mercado. Adaptar los productos de la empresa para que evolucionen con los tiempos que corren y sean, de este modo, competitivos con los nuevos productos que vayan saliendo debería verse como una obligación impuesta por el producto en cuestión, no como una obligación impuesta por un tercero o como algo que hay que hacer de forma necesaria.

lunes, 2 de agosto de 2021

Inventos olímpicos

Cuando se habla de un invento, lo más normal es pensar en un aparato de algún tipo que nos resuelve la vida.

Sin embargo, esto no siempre es así y una invención, en ocasiones, sirve para hacer nuestra vida más eficiente, esto es, reducir el tiempo o el trabajo que se tarda en hacer una misma tarea.

Por otra parte, también es muy normal que lo primero que se venga a la cabeza sea una persona inventando ese aparato en una oscura sala sin luz.

Sin embargo un invento, es decir, una solución técnica que se da a un problema técnico, podrá darse en cualquier ámbito , como puede ser el deportivo.

En el año 1936, se disputaron los Juegos Olímpicos de Berlín y allí se introdujo la revolucionaria técnica del viraje, consistente en dar la vuelta dentro del agua al lleugar al final de la calle e impulsarse así con las piernas, en lugar de tocar la pared primero con la mano y luego girar, gracias a la cual se consiguió bajar la marca de la prueba de 100 yardas en menos de un minuto.

Por otra parte, en los Juegos Olímpicos de México en 1968 en la categoría de salto de altura evitar el listón doblando el cuerpo para atrás, en lugar de para adelante (lo que le daba un mayor rango de movilidad) le valió a su ejecutante, no sólo la sorpresa de todos los asistentes, sino también un récord mundial y la mejor marca mundial.

En estos dos casos, lo que se hace es aprovechar el movimiento del cuerpo humano sacando un mayor rendimiento a la actividad que éste venía realizando.

lunes, 26 de julio de 2021

Unos pican...

Hace unas semanas, el periódico La Voz de Galicia se hacía eco de una noticia que suponía una revolución para el sector culinario: la existencia de un par de variedades de pimiento de Padrón a las que se había eliminado el picor...

Antes de nada

El pimiento de Padrón es un producto típico de la gastronomía gallega (lo cual no implica, ni mucho menos que se deje de usar en otras regiones españolas). Más que por su (delicioso) sabor la atracción de pedir una tapa o una reación de pimiento de Padrón reside en la emoción de saber si el que has comido es o no picante...

En qué consisten estas dos variedades

El artículo de La Voz nos habla de dos variedades diferentes: por un lado, la Entienza (obtenida de forma natural por medio de evitar que los pimientos produzcan capsicina la enzima que los hace picantes) de un organismo público, y por otro, la Celta, variedad consistente en una mezcla de otras dos variedades pre-existentes y proviniente de una empresa privada.

Lo que se trataría es de conseguir una nueva variedad a través de la cual se logre eliminar ese picor, consiguiendo así unos pimientos de Padrón que no piquen...

Teniendo en cuenta lo que se ha dicho antes...¿cuál sería la gracia? Me refiero, que supone un avance, por la investigación que supone, de ese no hay duda, pero ¿comercialmente es realmente relevante hallar una variedad de un producto al que se elimina su característica clave?

lunes, 19 de julio de 2021

Todo vuelve

La edición del periódico “La Voz de Galicia” del pasado domingo 13 de junio se hacía eco en la sección de televisión de la vuelta como serie de 8 episodios de la película “Blindspotting” de 2018.

La serie se basa en los personajes de la aclamada palícula, concretamente en la novia del protagonista de la película, dándole, de este modo, un toque más femenino.

Esta noticia me ha recordado a dos...eventos.


Por un lado, la película de 1990 protagonizada por Faye Dunaway, que en España se llamó “El cuento de la doncella”. No sé si el título suena de algo...

La película cuenta la historia de una chica que ha perdido a su hija y a su marido y debe abrirse camino en un futuro totalmente machista en el qe se utiliza a las mujeres sólo para traer niños al mundo(creo que la sinopsis no es completamente ajustado, pero es una distopía que no me gustaría que se hiciera realidad y en la cual no voy a profundizar mucho).


Por otro lado, este artículo me ha recordado a uno que salió hace ya tiempo y que, en inglés, se llamaba algo así como ¿Puede una secuela ser un reboot?

Esto requiere contexto y aclaraciones.


Contexto: Año 2015. La factoría Disney acaba de hacerse con los derechos de la saga de Star Wars y saca el Episodio VII de la misma.

Aclaraciones: ¿qué es una secuela? Una pelívula que sigue la historia de palículas anteriores, a las que está conectada y las tramas de sus personajes. ¿Qué es un reboot? El reinicio de una historia desde cero.

Sabiendo esto, el artículo toma más sentido...viendo la película, nos encontramos con que el Episodio VII es prácticamente igual al Episodio IV, a saber: la protagonista de la historia vive en el mismo planeta y presenta una especial sensibilidad a la Fuerza...

¿Coincidencia?


Artículo (similar pero también en inglés): www.denofgeek.com/movies/star-wars-the-force-awakens-can-a-film-be-a-sequel-and-a-reboot/?amp

lunes, 12 de julio de 2021

Los dibujos

A la hora de presentar una invención, va a ser fundamental hacérsela entender al receptor, que será, en definitiva, quien la examine para determinar su viabilidad técnica. Los dibujos serán básicos para recrear la invención y determinar, de este modo, si se cumplen todos los requisitos que la ley pide para seguir con la concesión y todo lo que ello conlleva.


La cuestión sería cómo presentar esos dibujos...


El artículo 8 del Reglamento de ejecución de la actual Ley 24/2015 hace referencia al anexo que acompaña al mismo, que detalla la forma de presentar los dibujos que acompañan a la invención.

Por otra parte, según comunica la propia OEPM ante una solicitud de registro:

“Las figuras deben presentarse realizadas con herramientas de dibujo técnico. Además, las referencias numéricas presentadas deben estar mecanografiadas. Debe indicarse, además, el número de figura (FIG.1, FIG.2…).

La hoja de dibujos debe comenzar con la palabra “DIBUJOS” en mayúsculas, letra negrita y centrada”.


Se trata, fundamentalmente, de correcciones de forma, que se podrían haber evitado de haber tenido en cuenta tal anexo.

Con una adecuada presentación de los dibujos lo que se pretende no es sólo reproducir la invención cuando sea necesario si no añadirla a las bases de datos que corresponda para buscarla cuando sea necesario y que sea, de este modo, referenciada en otras invenciones que lo requieran para determinar la novedad de esa nueva invención de forma más visual.

lunes, 5 de julio de 2021

La ley Helms-Burton

La pandemia de la COVID-19 nos ha sorpremdido a todos con el pie cambiado y nos ha hecho darno cuenta de cómo se le estaba dando importamcia a lo que realmente no lo tenía, a la vez que se le quitaba valor a lo que es importante, minusvalorando todo el trabajo de quienes lucharon sin miramientos y sin descanso para que otros estuviéramos a salvo (si, hablo de los sanitarios).


A día de hoy, estamos en una situación bastante complicada: por un lado la población vacunnada aumenta cada día y por otro aumentan los casos de contagios en jóvenes que han decidido pasar las vacaciones en lugares turísticos...

De estas dos situaciones quizás la que más llama la atención es la primera, la de la fabricación de vacunas.


Con esta pandemia se han dejado de lado todos los plazos que estaban previstos en las leyes, puesto que lo que se buscaba era superarla lo antes posible.

Pero, ¿y si para crear las vacunas hubiera que superar a la vez bloquoes internacionales?


Es lo que ocurre con Cuba (sin ánimo de hacer aquí apología de su régimen ni nada).

La ley Helms-Burton, de 1996, fue impulsada por dos senadores republicanos y promulgada por Clinton, durante su primer mandato como presidente de los EE.UU. Esta ley, también conocida como la “Ley de la Libertad Cubana y Solidaridad Democrática”, supone que algunos de los materiales necesarios para luchar contra la pandemia (ya sea desarrollando vacunas o tratando síntomas) tarden más de lo habitual o tengan un precio más alto.


¿Sería éste un buen momento para quitar este tipo de restricciones?

lunes, 28 de junio de 2021

Los derechos de autor y las entidades de gestión colectiva

A la hora de gestionar los derechos de autor de una obra recurrir a una entidad de gestión colectiva puede resultar lo más sencillo.

Pongamos, por ejemplo, una obra audiovisual como puede ser una película musical. Esta obra estará protegida en lo que se refiere a la ejecución visual (la dirección, la interpretación actoral y el guión), la ejecución musical (las canciones y su interpretación; las coreografías) así como otros derechos generados de los que seguramente me esté olvidando (la Ley de Propiedad Industrial nos habla de los derechos exclusivos que tiene el autor de explotar, distribuir, comunicarla públcamente y transformar la obra, entre otros).

Como se puede ver una obra comprende muchos derechos que sería complicado registrar de forma individual, Es por este motivo que resultará más sencillo el registrar toda la obra en su conjunto y, de este modo, que todos los derechos que de ella se deriven se tramiten a través de una única entidad.

Así, la infracción de alguno de estos derechos se requerirá para que se les dé cumplimiento a través de esta entidad, ya sea de oficio (por medio de la entidad) o a instancia de la partee interesada.

    ¿Cuáles son estas entidades?

    SGAE (Sociedad General de Autores y Editores)

    CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos)

    VEGAP (Visual, Entidad de Gestión de Artistas Plásticos)

    DAMA (Asociación de Derechos de Autor de Medios Audiovisuales)

    SEDA (Sociedad Española de Derechos de Autor)

    AIE (Artistas, Intérpretes o Ejecutantes, Sociedadde Gestión de España)

    AISGE (Aartistas, Intérpretes, Sociedad de Gestión)

    AGEDI (Asociaciónde Gestión de Derechos Intelectales)

    EGEDA (Entidad de Gestión de los Prroductores Audiovisuales)

El Título IV, Libro III de la ya mencionada ley regula, como comentábamos anteriormente, la posibilidad de que entidades que están tasadas por (es decor, que están ya predeterminadas, son las que marca la Ley y, aunque otras entidades cumplan esos requisitos si no aparecen nombradas no se tendrán en cuenenta a estos efectos) puedan llevar a cabo la gestión colectiva de derechos de autor.

Para asociarse (lo cual no es obligatorio) es necesario firmar un contrato de gestión de derechos de autor entre el titular de los derechos y la propia entidad gestora.

Cada entidad tiene su propio proceso y tasa o cuota para asociarse, en función de si se es autor, editor o cualquier otro tipo de titular. Pero en todas es imprescindible cumplimentar y firmar el contrato de gestión. Este contrato no puede tener una duración superior a 3 años y en la mayoría de los casos se renueva de forma automática.

Puede establecerse o no el pago de una cuota o tasa de asociación por cada entidad. Cada entidad determina cantidades variables en forma de compensación por los servicios ofrecidos a los autores o titulares de derechos y que se descuentan de las cantidades a abonarles por la explotación.

El contrato no puede ser nunca superior a 3 años, aunque sí es posible la renovación automática.

lunes, 21 de junio de 2021

Un simple gesto

No hace mucho se hablaba en otra entrada de una de las marcas más afamadas y reconocidas que nos encontramos a nuestro alrededor: CocaCola.

Una de las bebidas más relevantes de nuestro día a día, esta marca no está exenta de los pequeños gestos que se hagan en relación a ella.

La semana pasada Cristiano Ronaldo aparecía en la rueda de prensa que tenía lugar tras el partido de la Eurocopa 2021 entre Hungría y Portugal. En esta rueda de prensa el gran jugador retiraba los dos botellines de la citada bebida, patrocinadora del evento.

Esto hizo que las acciones de la marca se devaluasen un 0,88 lo que se traduce en una bajada del 1,6 % de su valor o, lo que es lo mismo, unos 4,000 millones de dólares.


Dudo que la marca le haya reclamado (o le vaya a reclamar) las pérdidas generadas al jugador (que no parecía preocupado en absoluto) y tampoco creo que a esta gran corporación le cueste mucho volver a hacerse con el dinero perdido pero queda claro que cualquier acción, por pequeña que sea, en lo que se refiere a la gestión de las marcas de una empresa es más que relevante.


Ver: www.youtube.com/watch?v=q4AAcvm1clw

lunes, 14 de junio de 2021

Las canciones en la publicdad

Si hay algo que resulta evidente a la hora de anunciar un producto o un servicio es que habrá que hacerlo de forma que se atraiga la atención de la mayor cantidad de gente posible. De este modo, el uso de imágenes llamativas y/o espectaculares o recurrir a personajes afamados (como por ejemplo Rafa Nadal y la marca KIA, o Jesus Vázquez con la marca Jazztel, Antonio Resines con la marca MásMóvil o Matías Prats con la marca Línea Directa) van a ser una gran ayuda para alcanzar este propósito.

Mención especial merece el uso de las canciones que acompañan a los anuncion, principalmente en televìsión. Escoger una canción determinada va a servir para que el consumidor la identifique nada más escucharla, dándole así una nueva capacidad al producto para apelar al consumidor.


Pero, ¿y si la canción elegida nos dijera de alguna forma cómo pensar o comportarnos ante el producrto que se anuncia?


Es lo que ocurre, en mi opinión, con el anuncio del nuevo teléfono móvil de Samsung (Galaxy Z Fold 5G).

A modo de introducción, en este anuncio se nos presenta algo novedoso: un móvil que se abre para que sea doble, de este modo se pueden hacer muchas cosas más en él ya que es como tener un ordenador pequeño, algo que, apuesto copiarán el resto de marcas o, al menos es lo que seguirá haciendo esta marca en el futuro: https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/03/13/smartphones/1584101551_600158.html (el cómo se hizo es muy interesante y se puede ver en este vídeo (en inglés): www.youtube.com/watch?v=uatf7r6yb4E).


La canción que acompaña a este anuncio es bastante clara, diciéndonos (en inglés, eso sí) lo siguiente:


“Desde el momento en el que puse mis ojos sobre ti

Dije

Lo vi y me gustó y lo quiero, sí

Lo necesito para hacerme feliz

Baby sí te necesito”


La canción es muy pegadiza y el mensaje no podía ser más claro y directo, desde luego.


Link al anuncio (versión extendida, aquí se analizan los primeros 20 segundos, que es lo que se ve en la tele, al menos en España): www.youtube.com/watch?v=yqfqAz-6zMs6 .


miércoles, 9 de junio de 2021

Mismo nombre, dos empresas de servicios

Veíamos hace un par de semanas como la Ley de Marcas vigente en nuestro país (la Ley 17/2001), contemplaba la posibilidad de usar un mismo nombre para productos o servicios que fueran iguales, siempre y cuando esto no produzca en el público riesgo de confusión (que incluye el riesgo de asociación) del producto nuevo con los ya existentes: es decir, que no se produzca lo que se llama un aprovechamiento indebido de la reputación que otro ha adquirido con anterioridad.


Esto, como es evidente, no aplica a productos o servicios de índole totalmente distinta. Y un ejemplo de esto lo tenemos en las aerolíneas PLUS ULTRA, nombre que también se ha usado para denominar a una marca de seguros de coche.

Dejando a un lado lo del proceso de quiebra en el que están inmersas estas aerolíneas, queda claro que al no haber riesgo alguno de confusión, no hay inconveniente en dar el mismo nombre a servicios dispares.

lunes, 31 de mayo de 2021

Innovación y solidaridad

Es obvio que un avance a nivel médico va a ser muy celebrado por toda la comunidad, ya que un avance en una terapia para un paciente de una determinada enfermedad va a redundar en otras. Lo que quizás es un poco más cuestionable es la manera de obtener los fondos para llevarlos a cabo.


Que no se malinterprete esto, a ver, una cosa es que determinados avances se sustenten por donaciones solidarias porque de este modo se ayuda a conseguir los fondos que no se pueden conseguir por otras vías, lo cual es un acto dadivoso encomiable por el cual todo el mundo va a estar agradecido; y otra cosa es que estos actos benéficos sirvan de ejemplo a una actuación que debiendo hacerse por medio de la vía pública, por lo que sea, no se hace.

Es como tener vehículos que sirven para limpiar las calles y, para evitar eue se gasten o se estropeen, se solicita a cada ciudadano que limpie la parte de acera que prevé utilizar.


¿Debe agradecerse que se aporten donaciones económicas a título privado cuando no se aporta nada a título público?

Quizás, pero hay que tener en cuenta que si hubiera esa aportación pública quizás no haría falta la aportación privada.


En deinitiva, ¿se puede dejar de invertir en investigación (aquí se está hablando de investigación médica pero lo mismo se podría hacer extensible a cualquier otro ámbito) sólo porque sabemos que si recurrimos a la iniciativa privada obtendremos los mismos resultados tarde o temprano? Creo que no, es más que evidente que si seguimos esta vía se están limitando de forma muy significativa todas las opciones con las que podemos contar, por no hablar del perjuicio en el avance técnico que se produce.

El privar a la sociedad de utilizar una parte de sus recursos para convertirse en una sociedad mejor y más avanzada va a ser una buena forma de medir lo satisfecha que esa sociedad está con la forma en que se la está gestionando.

Dejar el avance en manos de la caridad no beneficia a nadie.

lunes, 24 de mayo de 2021

Txispa: Un nombre, dos productos

Txispa: Un nombre, dos productos


Como ya es sabido, en base al artículo 6 de la ley 17/2001, de marcas, de 7 de diciembre de 2001, en el que se determina la prohibición relativa por excelecia: “No podrán registrarse como marcas los signos: a) Que sean idénticos a una marca anterior que designe productos o servicios idénticos...”.

Este artículo añade en su letra b) el supuesto de que “por ser idénticos o semejantes a una marca anterior y por ser idénticos o similares los productos o servicios que designan, exista un riesgo de confusión en el público; el riesgo de confusión incluye el riesgo de asociación con la marca anterior.”.

¿Qué significa esto?

Básicamente que si ya existe una determinada marca para un producto determinado ningún registro aceptará el registro de un nombre que sea igual o parecido a éste para un producto que sea igual (doble identidad) o similar a aquél para el cual el otro ya se ha registrado de forma que se evite que se produzca en el consumidor un riesgo que le lleve a confundir el producto nuevo con el ya existente, pudiendo aprovecharse de este modo de la reputación alcanzada.


Con base en este supuesto, una multinacional cervecera española ha hecho que Asier de la Iglesia, jugador de la ACB e imagen principal de la cerveza Txispa que se comercializaba con el objetivo de captar fondos para la investigación en Esclerosis Múltiple.


En este caso en concreto, ¿puede hablarse de confusión que conlleve un beneficio injustificado? No tenemos información de la marca anterior ni nada, pero en mi opinión no creo que supusiera un gran beneficio injustificado...


¿Y ahora?


La cerveza de Asier de la Iglesia se seguirá comercializando pero con otro nombre para evitar problemas mayores.

¿Qué nombre?

El miércoles la repuesta.


+ info: www.diariovasco.com/alto-urola/zumarraga/asier-iglesia-anuncia-20210127003546-ntvo.html


lunes, 17 de mayo de 2021

¿El secreto de la Coca-Cola?

Hay unpar de productos (seguramente hay más pero bueno) que basan su éxito comercial en su exclusividad.

Por un lado está el Vitro-Clen y por otro la Coca-Cola.

Si bien es cierto que éstos cuentan con productos sustitutivos o similares, también es cierto que estos últimos no consiguen estar a su altura al menos por completo.


Para el primero de los aquí expuestos no tengo explicación (6yo no la tengo, no es que no exista) para el segundo, la Coca-Cola, existe un componente que puede explicar parte de su éxito: la goma arábiga.

La goma arábiga es un producto natural que crece en algunas acacias de países africanos situados al sur de Sudán. Tratada, se añade a bebidas como la Coca-Cola, entre otras, para que pueda ser consumida.


Más sobre lagoma arábiga: www.facebook.com/cuellilargo/videos/562863501246165


Cabe destacar la reflexión final de este vídeo respecto a que es muy curioso que se requiera un producto natural que nace en países muy pobres para fabricar un producto tan icónico para el capitelismo como es la Coca-Cola.


La Coca-Cola como bebida básica


A modo de anécdota:


En Guatemala a 1a Coca-Cola se le llama agua, ya que el agua allí no se puede beber por lo contaminada que está.

lunes, 10 de mayo de 2021

Normalidad: vieja, nueva o ¿ninguna de las dos?

 Desde hace ahora más de un año (y esperemos que se quede aquí), se han repetido hasta la saciedad las palabras pandemia, virus, contagio y demás.

Y con exactamente la misma frecuencia se ha escuchado la palabra normalidad, pues nadie veía (ni ve todavía a día de hoy) el final de la situación que estamos viviendo en la a día de hoy.

Pero aquí el matiz es necesario.

¿Qué queremos?

¿Salir de ésta y volver a estar como estábamos antes, con todo lo que ello conlleva (el estrés del trabajo que se desempeñaba: un trabao precario de muchas horas a cambio de un salario muy bajo; la ansiedad de la vida tal y como la estábamos viviendo hasta la fecha...) o crear una vida nueva basada en cuidar lo que tenemos y destinada a evitar que se vuelva a producir esto mismo?


Apuesto lo que sea a que todas las personas que lean esto piensan en la segunda opción como la más sensata...

Pero lo cierto es que China, la economía más pujante que existe actualmente, paró su producción cuando ésta se vió afectada por la pandemia, retomándola, a su vez, en cuanto pudo. Del mismo modo, la parada que se produjo en este país afectó al mundo entero debido a que la producción de elementos esenciales para sectores clave como puede ser la fabricación de coches, estaba subcontratada a fábricas de este país, y esto no tiene pinta de que vaya a cambiar debido al bajo coste que supone.

Por otra parte, últimamente estamos viendo algo totalmente insólito como es la liberalización de las patentes que, en definitiva, no es más que renunciar a los derechos que se generarían con la creación de algo nuevo, algo que puede servir para solucionar un problema técnico que tienen las personas.

Como se planteaba en entradas anteriores, un cambio en las reglas del juego que tenemos ahora, ¿significa romper con todo lo que ya conocemos?

No.

Y sí.


El canal de youtube “cuellilargo” reflexiona sobre este asunto yendo un poco más allá al preguntarse qué ocurrirá con lo trabajos que típicamente han desarrollado los seres humanos si a ellos se les añade la innovación en forma de robots que pasen a desarrollarlos: en menos tiempo y a menor precio (por no decir a precio cero; sobre todo en lo referido a conocimiento).

¿Significa esto que debemos apartarnos?

¿Debemos apartarnos como raza y dar paso a los robots que serán quienes acaben con la raza humana? (no, ¿no?)


No. Hace falta hacerlo, como se dice en mi tierra, con sent4idiño.

La innovación, como tal no se puede frenar, pero lo que no se puede es hacer que ésta sirva para que se enriquezcan sólo unos pocos: este innovación, al igual que las que ya hemos vivido en el pasado (el uso de robots en cadenas de montaje de automóviles), debe servir para que nos beneficiemos como sociedad en su conjunto; o como se dice ahora; o salimos todos o no sale nadie.


El vídeo mencionado: https://fb.watch/5nKzs8CiCy/

jueves, 6 de mayo de 2021

Liberalizar las patentes II

Salía esta semana Joe Biden,presidente de los Estados Unidos, diciendo que lo más lógico en la situación extraordinaria que vivimos en la actualidad es la de liberalizar las patentes de las vacunas que se han creado para frenarla...

Este anuncio sorprende no tanto por lo que se dice (que no tiene vuelta de hoja; es bastante claro) si no por de quién viene: una economía totalmente capitalista pide que se gestionen ahora las patentes de forma libre, sin que se tenga en cuenta los derechos de propiedad industrial que se han creado.

Lo que queda claro es que se trata de una situación excepcional a la que no deberían aplicarse las normas existentes hasta la fecha, hay que tener en cuenta reglas como las que se establecen en la denominada como iniciativa COVAX de la que ya se habló en este blog hace un par de semanas.

Frente a esta solicitud, por muy alto que venga, nos encontramos ante las empresas farmacéuticas titulares de los títulos de Propiedad Industrial, cuya comercialización reportará grandes beneficios. Y lo que es más importante, el lobby farmacéutico, el cual, sin lugar a dudas, va a actuar según las normas existentes hasta la fecha aunque en la práctica estén desfasadas.

La aplicación de según qué tipo de normas dependerá de lo que sea más adecuado, todavía queda por ver para quién, pero resulta claro que la economía no va a ceder su primer puesto por mucho que nos hallemos ante una pandemia mundial.

lunes, 3 de mayo de 2021

Liberalizar las patentes

No me gustaría hablar de esto pero es lo que toca...


En anteriores ocasiones se hizo referencia a este tema, ya que, aunque no lo parezca, la pandemia que estamos viviendo actualmente no es la única situación de emergencia sanitaria que hemos tenido que vivir en los últimos tiempos (y no quiero ser agorero pero no será la última).

La ley de patentes anterior, la ley 11/1986, nos hablaba en su artículo 74, de la obligación de explotar el objeto de una patente ( Todos los derechos reservados: El cumplimiento de la obligación de explotar: Las licencias de patentes (todolosderechosreservados.blogspot.com) ), pudiendo ser ”expropiada por causa de utilidad pública o de interés social”. La nueva Ley de Patentes, ley 24/2015, hace lo mismo en su artículo 90 y siguientes.

Lo que se solicitaba hace sólo unos años para un medicamento concreto ( Todos los derechos reservados: Sovaldi® (todolosderechosreservados.blogspot.com) referido a una enfermedad determinadea, se requiere ahora a nivel mundial pero, ¿es esto efectivo?


Lo que se está pidiendo es que se abra el espectro para que las vacunas que se están desarrollando por determinados laboratorios pasen a dominio público de forma automática (ya se ha visto que, cuando el tiempo apremia, los plazos habituales pueden saltarse) sin que se tengan en cuenta los derechos que se generarían con normalidad.

Pero estamos ante una situación totalmente atípica, excepcional, a la cual no nos habíamos enfrentado antes (soy consciente de que esta no es la primera pandemia mundial, pero sí lo es en el contexto actual).

Hallar una solución para un problema es, sin lugar a dudas, una buena noticia y si este problema afecta por desgracia a muchas personas, no va a ser relevante quién ha alcanzado esa solución siempre y cuando esa solución llegue al mayor número de personas posible. Poner trabas a que esa solución, sea plenamente accesible por la mayor cantidad de gente posible no es más que un obstáculo que se antoja perjudicial sobre todo si tenemos en cuenta lo dicho en la última entrada de este mismo blog, en la que se dejaba claro que o salimos todos juntos de esto o no sale nadie ( Todos los derechos reservados: El pilar COVAX (todolosderechosreservados.blogspot.com) ).

¿Se está perdiendo rédito económico? Quizás. Pero pensar en los beneficios en una situación como la actual (pese a lo que piensen ciertos dirigentes políticos) sería un error, sobre todo teniendo en cuenta que ha quedado claro que hasta que no se resuelva la situación sanitaria no se normalizará la situación económica.


En definitiva,

¿Debemos enfrentarnos a esta nueva situación con las normas antiguas?

Creo que no.

¿Deberíamos aprovechar esta crisis para adaptarnos a una nueva realidad?

Desde luego.

martes, 27 de abril de 2021

El pilar COVAX

En los últimos tiempos el tema de las vacunas se ha convertido en uno de los más...punteros.

Desde que las vacunas incluyen un chip para implantar el 5G en todo aquél que se la ponga, ingeniado por Gates y Soros (perdón por mi ignorancia, pero no sé quién es este señor) que controlaría nuestras mentes, hasta que ponerse una vacuna puede producir autismo...

De lo que se habla menos, y digo menos por decir algo ya que yo lo oí de casualidad, es del pilar COVAX.


Pongamos esto en contexto.


Cuando se expande una enfermedad lo suyo es vacunar a la población para evitar que esta enfermedad se extienda a varios países. Pero, ¿qué ocurre cuándo se trata de una enfermedad que afecta a todo el mundo a la vez?

La vacunación debe ser mundial, pues sólo eliminando el riesgo de contagio y de rebrotes en toda la población se eliminará la posibilidad de que vuelva a surgir el riesgo de contagio y de que todo lo que hemos vivido vuelva a empezar...

Y es ahí donde entra la iniciativa COVAX. Esta iniciativa trata de hacer que las vacunas lleguen a todas las personas del mundo incluidas aquellas que viven en países en vías de desarrollo (lo que también se conoce, en mi opinión de forma muy despectiva, como tercer mundo). En el día de ayer (escribo esto el 27 de abril de 2021) salió la noticia de que India, dónde los casos de contagio son muy elevados, va a recibir ayuda de EE.UU. para combatir la pandemia.


Esto nos lleva a pensar en que es irrelevante vacunarse antes o después, al menos en una enfermedad como esta, ya que hasta que no está todo el mundo vacunado, no estaremos a salvo.


No se habla de enfrentar a unos países contra otros, sino de conseguir que el planeta en su conjunto esté protegido. Se necesitan, según palabras de la OMS (y por lógica pura), el mayor número de vacunas, lo más rápido posible y lo antes posible...una amplia protección de este modo servirá para que se salve a más gente y se ahorre más dinero, pues no todos los países pueden desarrollar sus propias vacunas ni acceder fácilmente (o, al menos tan fácilmente como otros países) a las vacunas que ya se hayan desarrollado.


+ info.: COVAX: colaboración para un acceso equitativo mundial a las vacunas contra la COVID-19 (who.int)

domingo, 18 de abril de 2021

Casi 3 años

Este es el tempo que ha transcurrido desde la última entrada publicada en este blog...

Muchas cosas han pasado, además de la pandemia que parece que sólo se habla de eso...
La idea de retomar este blog surge por la cantidad de noticias relacionadas con la propiedad industrial e intelectual que han aparecido últimamente.
Por eso, a lo cual nos referiremos a su debido tiempo y por la inesperada aparición de una “solución a un problema técnico”; o lo que viene siendo lo mismo, una invención. Es evidente que las cosas vienen cuando no las buscas.
Iré informando de esto también ya que será la primera solicitud que presente.
La teoría es muy bonita, pero de ahí a la práctica...veamos algunos aspectos con los que me he topado:
NOTA IMPORTANTE
Tanto la ley como su reglamento de ejecución han cambiado (ya era hora); ahora es la Ley 24/2015.

¿Qué solicito? (Todos los derechos reservados: ¿Patente o modelo de utilidad? (todolosderechosreservados.blogspot.com))

¿Qué documentos son necesarios? (Todos los derechos reservados: La solicitud de patente (todolosderechosreservados.blogspot.com))

¿Es nuevo lo que presento? (Todos los derechos reservados: La búsqueda (todolosderechosreservados.blogspot.com))

¿Dónde se presenta una solicitud?
El artículo nos dice que puede ser en la propia Oficina o “en el órgano competente de cualquier Comunidad Autónoma” también “en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, dirigida a cualquiera de los órganos que, de conformidad con el apartado precedente, son competentes para recibir la solicitu o de forma electrónica de solicitudes según la Ley 11/2007.

¿Cómo se justifica el pago de la tasa?
La tasa se paga en cualquier sucursal de La Caixa y el justificante de pago se adjunta a los demás documentos de la solicitud.

¿Cuándo se puede decir que un producto está patentado?
Sólo si se ha obtenido, de hecho una patente, sino se incurriría en un ilícito.

¿Qué ocurre si lo que se ha registrado es un modelo de utilidad? Aunque técnicamente un modelo de utilidad podría decirse que es como una patente de menor duración, para invenciones de menor entidad, nunca se podrá decir que ese producto goza de protección por una patente, ya que se estaría faltando a la verdad (evidentemente)-

Admisión a trámite
Una vez presentada la solicitud, la oficina procederá a examinar (artículo 33 Ley) en un plazo de si días si la solicitud cuenta con todo lo que estima necesario y con que los documentos se hayan presentado de forma oportuna. Asimismo se examinará si la invención es de interés para la defensa nacional (artículo 34 de la Ley (Todos los derechos reservados: El interés del Estado en la invención (todolosderechosreservados.blogspot.com).