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miércoles, 1 de julio de 2015

Raubkunst y el derecho de participación


Una de las múltiples consecuencias de la II Guerra Mundial, más allá de las ya evidentes, fue el robo de obras de arte que se llevó a cabo por los soldados nazis a lo largo de la contienda.
Considerado el mayor robo de arte de la historia, se calcula que más de  650.000 obras procedentes de toda Europa fueron saqueadas muchas de ellas nunca fueran recuperadas.

No recuperadas, lo que no implica que fueran destruidas o que desaparecieran.

En noviembre de 2013 salió a la luz que, un año antes, las autoridades alemanas habían encontrado más de 1.200 obras entre pinturas, bocetos y grabados que el coleccionista de arte Cornelius Gurlitt tenía en su apartamento de Munich, procedentes todas ellas de los saqueos que se produjeron durante aquellos años.

La semana pasada se producía la subasta de una de ellas, la obra “Dos jinetes en la playa” del pintor impresionista alemán Max Liebermann, que alcanzó los casi tres millones de dólares.

En virtud de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, relativa al derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original, que transpone la Directiva 2001/84/CE, la venta de obras plásticas lleva aparejada el denominado derecho de participación, un derecho de simple remuneración por el que el autor de los originales recibe un porcentaje del precio de la reventa llevada a cabo por profesionales del arte siempre y cuando esta venta iguale o supere los 1.200 €. Además, el porcentaje que se aplica no es único y existe una cantidad máxima de 12.500 € que podrá percibir el autor.

Este derecho es inalienable e irrenunciable, sólo transmisible mortis causa.

Su duración legal, igual a la del resto de derechos patrimoniales -es decir, toda la vida del autor más 70 años contados desde el día 1 de enero del año siguiente a su muerte o declaración de fallecimiento- la haría inaplicable al supuesto arriba referido sin embargo, dada la importancia que supone la noticia parece importante reseñar que este derecho aparece regulado tanto en nuestra como a nivel europeo.

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