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miércoles, 27 de diciembre de 2017

Marca contra marca

La ley general de publicidad que rige en nuestro país, Ley 11/1988, regula los diversos tipos de publicidad reconocidos en España. Es el artículo 2 el que nos define el concepto de publicidad: “Toda forma de comunicación realizada por una persona física o jurídica, pública o privada, en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional, con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratación de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones.“

La ley hace referencia a los diversos tipos de contratos publicitarios que rigen en este país, así como los diversos contratos (contrato de publicidad, difusión y creación publicitaria) teniendo en cuenta que esta Ley debe analizarse junto con la ley de competencia desleal, Ley 3/1991, a la que se puede recurrir para ampliar los conceptos ya adelantados en la anteriormente referida Ley.

Caso aparte, sería identificar qué tipo de contrato publicitario son los que rigen las relaciones que se muestran en La 1 y La 2 de TVE, por medio de las cuales estas cadenas (que ya no pueden emitir publicidad, sólo patrocinios para programas puntuales) emiten concursos en los que se recauda dinero que realmente no se sabe para que; se utiliza...

Del mismo modo se define, en el artículo 22 de la Ley General de Publicidad, lo que se entiende por patrocinio cuando dice:

“El contrato de patrocinio publicitario es aquél por el que el patrocinado, a cambio de una ayuda económica para la realización de su actividad deportiva (...) se compromete a colaborar en la publicidad del patrocinador.“

A modo de ejemplo, el pasado sábado tuvo lugar el derbi gallego en la liga española, partido en el que jugaban el Deportivo de La Coruña y el Celta de Vigo. Sé que esta entrada resulta un tanto incoherente después de haber escrito y haber difundido siempre que he podido esta otra.

Sin embargo, lo que más llamaba la atención no era tanto el partido como el reflejo de las marcas de las empresas que los patrocinan. Ambos equipos, entre otras marcas que aparecían también reflejadas en sus equipaciones, llevan en grande las marcas de dos de las más importantes empresas en Galicia: por un lado la cerveza “Estrella Galicia®“ en su versión 0,0 en la parte anterior de la camiseta como principal patrocinador, y por otra parte, en la parte posterior de la equipación, la entidad financiera ABANCA®, que tras la fusión de Caixa Galicia, basada en A Coruña, con Caixanova, basada en Vigo (anteriormente llamada Caixavigo y que aglutinaba las cajas de ahorros municipales de Vigo y de Ourense tras la fusión de ambas en 1999).


Quizá en un partido de carácter autonómico esta publicidad no tiene tanto efecto, al tratarse de dos marcas ampliamente conocidas en los territorios de las provincias en las que las empresas están radicadas y en las que operan principalmente, pero será doblemente efectivo cuando lo que se pretende es hacer publicidad de las mismas en otras provincias, teniendo en cuenta que ambas son de actuación y están implantadas en todo el territorio nacional.

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