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miércoles, 28 de junio de 2017

Cuando la prohibición afecta sólo a una parte del Estado

Hace unos días conocíamos una noticia significativa para una determinada parte de este Estado plurinacional (utilizo esta expresión porque parece haberse puesto de moda, no quiero hacer sangre en ningún sentido) en el que vivimos.
Se trata del lanzamiento del nuevo modelo de la marca Hyundai al que han dado el nombre de “Kona”.

Para todo aquél que esté leyendo este blog desde fuera de Galicia es muy probable que esta palabra no le diga nada, pero para un “galego falante” sí. Analizando este signo desde su perspectiva fonética, no desde la transcripción literal tal cual, esta palabra tiene un concreto significado: “ el peyorativo término en gallego para referirse a la vagina” en palabras del autor del artículo de Faro de Vigo en el que salía la noticia.

Nuestra ley de marcas, Ley 17/2001, artículo 5.1 f), así como la Directiva comunitaria sobre la Marca Comunitaria, 2015/2436, artículo 4.1 f) cuyo Reglamento, 2017/1001, se hacía público hace dos viernes; indican la prohibición absoluta de registro de una marca (extensible a los nombres comerciales) que sean “contrarios a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres.
Lo curioso de este caso en concreto es que el nombre se mantendrá tal cual es en todos los países en los que se comercialice salvo en aquéllos de habla lusa (países lusófonos) para los cuales se utilizara la denominación Kauai por proceder del nombre de unas islas de Hawaii.

El caso es curioso en nuestro país, puesto que el producto e comercializará en todo el Estado con ese nombre aunque pueda resultar malsonante en una parte del mismo. Es aquí donde podrían entrar, de nuevo, los estudios demoscópicos de los cuales ya hemos hablado en ocasiones anteriores, los cuales demostrarían, sin lugar a dudas, que no se podría denegar el registro de la marca sólo en una parte del Estado sino que se requeriría una parte del territorio bastante más extensa (por no decir la totalidad).

En definitiva, el coche se comercializará en nuestro país con ese nombre a pesar de que pueda incumplir la norma estatal sólo en parte del país, ello a pesar de que esa parte del país sea considerada una euroregión (Galicia-Norte de Portugal) con una historiaa y unas características muy similares y en la cual podrían aplicarse normas supranacionales.

Seat y, de nuevo, Galicia


La semana pasada se daba a conocer que la empresa Seat lanzarìa en 2018 un nuevo modelo de turismo, para el cual buscaba un nombre para bautizarlo como ya hizo anteriormente (Toledo, Córdoba...). Uno de esos nombres elegidos fue el de Arosa, que en gallego sería Arousa pero, del mismo modo había ocurrido con una ciudad catalana y, dado que la comercialización se hacía para todo el Estado el nombre a utilizar debía ser el nombre en castellano, lo cual no sentó nada bien a los arousanos.

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