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miércoles, 23 de marzo de 2016

Reivindicar un color en el registro de marcas


En el momento de solicitar que un signo sea registrado como marca será necesario que el solicitante indique no sólo las clases para las cuales busca protección sino también el tipo de marca que solicita y sus componentes.
De este modo, y dejando de lado las marcas consideradas poco habituales o especiales (gustativas, olfativas...), el solicitante podrá buscar la protección de una marca nominativa, que sólo contenga una palabra o un conjunto de ellas, gráfica, un símbolo o una imagen, o mixta, es decir, una combinación de ambas, un signo que esté formado tanto por una palabra como por una imagen conjuntamente.

De todas formas, la solicitud de registro que se realiza a la Oficina deberá indicar de forma clara los colores que forman el signo a registrar, lo cual será clave para determinar la existencia o no de algún tipo de incompatibilidad con un signo anterior cualquiera que sea su naturaleza.

A modo de ejemplo, si se pretendiera el registro como marca de un signo de forma rectangular formado por tres franjas, la inferior y la superior de color rojo y la de en medio de color amarillo, sólo se podría considerar por la Oficina que se está solicitando el registro como marca de un signo idéntico a la bandera española si se hace una reivindicación de esos colores.

En caso contrario, lo que se registraría como marca sería un signo que estaría formado por un rectángulo con tres franjas en escala de grises, cuyo registro habría de ser examinado por la Oficina por si se tratara de un signo de escaso valor distintivo; al fin y al cabo, un rectángulo.

Otro aspecto a analizar sería el de si la reivindicación de aquéllos colores, o de otros que conformaran los de la bandera de un país diferente, iría en contra del artículo 6ter del Convenio de la Unión de París de 1883 para la Protección de la Propiedad Industrial.
En este artículo se hace referencia a la prohibición que se establece a cualquier país miembro de este Convenio de aceptar el registro y utilización de un signo que pudiera ser idéntico o similar a la bandera (u otro signo identificativo) de cualquier país.

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